En 2012 reconoció la incapacidad de este trabajador por enfermedad profesional e impuso a esta mutua el abono de su pensión.

DURANGO.- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado que una mutua deberá hacerse cargo de la prestación de un trabajador de Fundiciones Fumbarri de Durango, al que le fue declarada la incapacidad permanente por enfermedad profesional derivada de su exposición al amianto.
El dictamen confirma el fallo del Juzgado de lo Social número 4 de Bilbao, que en mayo avaló una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que en diciembre de 2012 reconoció la incapacidad de este trabajador por enfermedad profesional e impuso a esta mutua el abono de su pensión.
El empleado, que desde 2004 trabajaba en esta fundición, obtuvo en diciembre de 2014 la declaración de incapacidad permanente por enfermedad profesional, después de que un informe médico le detectara un tumor carcinoide y presencia de polvo de carbón y sílice en el organismo.
La mutua recurrente, encargada de la cobertura de esta empresa, pidió que el abono de esta prestación fuera asumida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social o, cuando menos, repartida entre la aseguradora y esta entidad, dado que este empleado no había estado expuesto al amianto después de 2008.
El Juzgado de primera instancia consideró que el empleado había permanecido en activo hasta el reconocimiento de la incapacidad permanente en la empresa de fundición de Durango cuyos riesgos profesionales cubría esta mutua, por lo que debía hacerse cargo del pago, un fallo ahora ratificado por el Tribunal Superior.